martes, 18 de octubre de 2011

Nociones básicas de proyecto integrado. Parte 4

11 Funciones del empresario cuando realiza un contrato
Obligaciones con el trabajador: cuando la relación laboral sea de duración superior a cuatro semanas, el empresario deberá informar por escrito al trabajador sobre los elementos esenciales del contrato y principales condiciones de ejecución de la prestación laboral, siempre que tales elementos y condiciones no figuren en el contrato de trabajo formalizado por escrito.
Obligaciones con los representantes legales de los trabajadores: el empresario también deberá entregar a los representantes legales de los trabajadores, una copia básica de los contratos formalizados por escrito (con excepción de los contratos de relaciones especiales de alta dirección, para los que es suficiente la notificación), así como las prórrogas de dichos contratos y las denuncias de los mismos, teniendo para ello el mismo plazo de 10 días. La copia básica contendrá todos los datos del contrato a excepción del número del D.N.I., domicilio, estado civil y cualquier otro dato que pueda afectar a la identidad personal del interesado. Posteriormente, dicha copia básica se enviará al Servicio Público de Empleo. Cuando no exista representación legal de los trabajadores también deberá formalizarse copia básica y remitirse al Servicio Público de Empleo.
Obligaciones con el Servicio Público de Empleo: los empresarios están obligados a comunicar al Servicio Público de Empleo en el plazo de los 10 días siguientes a su concertación, y en los términos que reglamentariamente se determinen, el contenido de los contratos de trabajo que celebren o las prórrogas de los mismos, deban o no formalizarse por escrito.
http://www.modelocontrato.net/contrato-de-trabajo-obligaciones-del-empresario.html
12 Diferencias entre contratos indefinidos y contratos temporales.
El contrato de duración indefinida es aquel que no tiene fecha de vencimiento, por lo que el contrato es válido hasta que se den ciertas causas justificadas como el despido, la jubilación o el fallecimiento del trabajador, y el contrato temporal es aquel en el que las partes niegan desde el principio la permanencia indefinida de su relación laboral.
13 Explica el contrato indefinido ordinario.
Es aquél que se concierta sin establecer límites en la prestación de los servicios. Podrá ser verbal o escrito, debiendo ser comunicado en la Oficina de Empleo en los diez días siguientes a su concertación.
http://desarrollo-profesional.universia.es/mercado-laboral/convenios-contratos/tipos-contratos/indefinido/

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